[España] Mujer que fingió un maltrato que podría haber enviado a su ex-novio a la cárcel, queda en libertad pagando una multa de 1.068 €.

La mujer fingió haber sido maltratada por su ex-novio, activó un botón de pánico para imputarle falsamente al varón un delito de «quebrantamiento de condena», un plan del que había informado a varias otras personas.

Según reporta DiarioDeNavarra:

La Audiencia de Alicante ha confirmado la condena al pago de una multa de una mujer que fingió un maltrato por parte de su expareja para que esta fuera detenida, según se recoge en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe.Los hechos ocurrieron el 21 de mayo de 2011, cuando la acusada, M.P.C.M., se personó en la avenida Amanecer de la localidad de Xàbia, donde se encontró con su excompañero y se abalanzó sobre él.

Comenzó a insultarlo y a gritar que era él quien le había increpado y amenazado «con la intención de que fuera detenido», según el fallo.

También activó un dispositivo de teleasistencia que llevaba como supuesta víctima de violencia machista para tratar de «imputarle un delito de quebrantamiento de condena» por vulnerar una orden de alejamiento.

No obstante, estos hechos no desembocaron en proceso judicial alguno contra el hombre, pero sí contra ella, que fue encausada por un delito contra la Administración de Justicia en su variante de intento de denuncia falsa.

De hecho, M.P.C.M. ya había «advertido a varias personas» del plan para incriminar a su expareja, tal y como declaró probado el Juzgado de lo Penal 3 de Benidorm en una sentencia dictada el 2 de febrero del pasado año.

Este juzgado la condenó a pagar una multa de 1.086 euros, tras apreciar una atenuante, dilaciones indebidas, por el retraso en la tramitación del proceso.

La mujer recurrió la sentencia en apelación, pero la sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado su recurso y ha confirmado su condena.

La nueva resolución, fechada a finales del pasado mes de enero, establece que existe una «prueba de cargo apta» para «enervar el principio de inocencia».

En esta línea, según la Audiencia, el juez de Benidorm ha ponderado las pruebas practicadas durante el juicio, basadas en las declaraciones del denunciante y otros testigos, «de forma lógica y racional», por lo que no se ha vulnerado ningún derecho de la acusada.

 

Compartir en:

Deja un comentario