Un juez tuvo que rectificarse en una sentencia que culpaba de violencia de género a una esposa que maltrataba a su pareja, ya que en el Código Penal reserva esa modalidad agravada cuando el acto de agresión es de un varón.
Cuando la discriminación es la ley
Algunas cosas todavía no están claras en España. ¿Para calificar un hecho como violencia de género, es necesario que quien ejerza ese acto de agresión, sea un varón? Según el Código Penal, sí.
En el caso que nos ocupa se comprobó maltrato físico en una pareja de mujeres lesbianas. Es por eso que el Juzgado número dos de Santander decidió condenar por violencia de género a esa mujer que había maltratado a su esposa. En ese momento, la sentencia fue bien recibida por los allí presentes, incluso con aplausos. Pero la crítica llegó después, por parte del Gobierno, magistrados y fiscales que alegan ser «especialistas en violencia de género».
Ante esta alianza feminista, el juez que ya había dictado la sentencia, José Hoya, tuvo que volver marcha atrás y rectificarla.
FUENTE: elmundo.es
Imagen cortesía de caperiodista.com – Todos los derechos reservados