¿Impunidad ante la Ley? – por Vicente Pellicer García

Mediante la Ley Orgánica 1/2015 de reforma del Código Penal se despenalizó el incumplimiento del régimen de visitas dejando en la más absoluta indefensión legal a miles de padres divorciados a los que algunas malas madres les niegan su derecho y su deber de cumplir con el régimen de visitas, secuestrando impunemente a los hijos en común.

Estas mujeres emplean la victimización, la manipulación y el engaño para instrumentalizar a los hijos, de los que se autoproclaman como protectoras, garantes de su bienestar, acusando a los padres de ser inadecuados, incluso peligrosos, sin más sustento probatorio que sus propias acusaciones.

Es un juego sucio extraordinariamente doloroso para los padres, y para los menores, que se ven atrapados en una vorágine de ejecuciones forzosas que difícilmente el juzgado llega jamás a ejecutar. Por eso, cuando una mujer es condenada a ingreso en prisión por delito de desobediencia grave a la autoridad judicial significa que ha sobrepasado ampliamente todos los límites de quebrantamiento a reiterados requerimientos judiciales, y lo ha hecho con total premeditación y alevosía.

Aunque la privación de libertad pueda parecer una medida desproporcionada, no lo es cuando una progenitora vulnera el interés superior del menor, que difícilmente puede ser dejarlo sin padre.

La Justicia debe ser ejemplar y ejemplarizante, de modo que las sentencias disuadan a otros progenitores a tomarse la Justicia por su cuenta. Un Estado de Derecho no puede permitir que los hijos sean tratados como rehenes de un progenitor. La principal función de una buena madre divorciada es permitir y velar por que el menor mantenga buena relación con su otro ascendiente.

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